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¿Qué validez tiene el registro salarial?
¿QUÉ ES EL REGISTRO SALARIAL?
El registro salarial obligatorio es un documento en el que se hacen constar todos los valores medios de los salarios de los trabajadores de una empresa, incluyendo además los complementos salariales y las percepciones extrasalariales, desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.
¿QUÉ EMPRESAS ESTÁN OBLIGADAS A REALIZAR EL REGISTRO SALARIAL?
Tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado del nuevo decreto encaminado a garantizar la equidad en la remuneración salarial entre hombres y mujeres Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres que determina que todas las empresas deberán contar con un registro salarial a partir del próximo 14 de abril de 2021.
QUÉ VALIDEZ TIENE EL REGISTRO SALARIAL?
Una vez realizado el registro salarial o registro retributivo conforme a la normativa vigente, tendrá una validez de un año natural, salvo que se produzcan circunstancias o cambios que supongan una alteración sustancial de los datos incluidos en el documento y deberá actualizarse cuando se produzcan cambios en la normativa o en los criterios por los que se rige la política retributiva de la empresa.
¿CUANDO ENTRA EN VIGOR EL REGISTRO SALARIAL OBLIGATORIO?
El registro salarial entra en vigor el próximo 14 de abril de 2021, fecha de entrada en vigor del Real Decreto Ley 902/2020, todas las empresas españolas tendrán la obligación de llevar y mantener un registro retributivo. Existe cierta confusión, porque la obligación de llevar un registro retributivo ya existía desde principios de marzo de 2019, pero ahora cambiará la manera de qué y cómo tiene que reflejarse la información en dicho registro. A partir de la fecha indicada, habrá que recoger información de los valores medios (media aritmética, que ya se exigía hasta ahora, y mediana) de los conceptos salariales y extrasalariales desagregados por sexo y grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. El registro debe permitir acreditar que los criterios con que se determinan las retribuciones respetan el principio de igualdad y los requisitos legales.
Para finalizar, indicar que el registro salarial debe estar a disposición no solo de la Inspección de Trabajo sino también de todos los representantes de los trabajadores
¿QUÉ DEBE INCLUIR EL REGISTRO SALARIAL DE LAS EMPRESAS?
El registro salarial por género debe incluir los siguientes valores desagregados por sexos:
- Valores medios de salarios
- Valores medios de complementos salariales
- Valores medios de percepciones extrasalariales
A estos elementos se debe añadir otros aspectos comparativos por categoría profesional, grupo profesional, puesto de trabajo igual en una función de la jornada laboral o la hora trabajada. En otras palabras, el empresario deberá realizar un registro de los salarios medios así como de los complementos salariales horas extra, guardias, etc. y las percepciones extrasalariales (kilómetros, dietas, etc.), con los datos desagregados por sexo para cada uno de los puestos de trabajo iguales o de igual valor.
SANCIONES
Si la empresa no cumpliera con estas obligaciones se expondría ante acciones administrativas o judiciales. Por ello, se podrían imponer sanciones administrativas de entre 625€ y 6.250€ según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
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