PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
NORMATIVA
La Constitución Española encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad e higiene en el trabajo. Bajo este mandato constitucional y como transposición de la Directiva Europea 89/391/CEE, aparece la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), modificada por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
COMPROMISO
Nuestro compromiso es su tranquilidad, por ello ofrecemos todo el tramite burocrático en la empresa y ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con la asignación de un auditor para cualquier duda ó aclaración durante el periodo que dure la contratación.

TE LLAMO Y TE INFORMO
¿A QUIEN VA DIRIGIDO?
1. A todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena.
2. A todos los autónomos con trabajadores.
3. Trabajadores de carácter administrativo o estatutario del personal civil al servicio de las Administraciones Públicas.
Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Este citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario en la protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales de los empleados a su cargo.
NUESTRO OBJETIVO
Son muchas las razones por las que proteger la SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES de los que son responsables empresas, entidades y administración, a continuación te enumeramos algunas de ellas. La Prevención de Riesgos Laborales tiene por objeto PROMOVER LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES, estableciendo como principios generales:
• La prevención de los riesgos profesionales.
• La eliminación o disminución de los riesgos derivados del trabajo.
• La información, la consulta, la participación equilibrada y la formación de los trabajadores en materia preventiva.
Con esto recalcamos que el objetivo primordial eres tù.